La Suprema Corte determina la total invalidez del “decretazo” de AMLO, por lo que ninguna autoridad puede invocarlo

La Suprema Corte determina la total invalidez del “decretazo” de AMLO, por lo que ninguna autoridad puede invocarlo

Cortesía: Latinus

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la invalidez del decreto que emitió en noviembre de 2021 el presidente Andrés Manuel López Obrador para declarar como temas de seguridad nacional las obras insignia de su gobierno tendrá efectos generales, por lo que ninguna autoridad podrá invocarlo en ningún sentido.

En su sesión anterior, llevada a cabo el jueves, la SCJN decidió invalidar el decreto por mayoría de ocho votos. Los ministros Arturo ZaldívarYasmín Esquivel Loretta Ortiz votaron en contra, argumentando que el decreto no tuvo como fin que se reservara como seguridad nacional la información de las obras.

En la discusión de los efectos de la invalidez que tuvo lugar hoy, los votos de los ministros se dividieron entre los que consideraron que tiene efectos generales y quienes estimaron que el “decretazo” seguía vivo y sólo no se aplicaría en materia de transparencia para reservar información.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa insistió en que el acuerdo invalidado dejó de existir entre las partes de la controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Transparencia (INAI) en contra del decreto que emitió el presidente López Obrador.

“El acuerdo sigue siendo vigente para cualquier otra materia que no tenga que ver con transparencia y acceso a la información”, dijo el ministro Zaldívar Lelo de Larrea.

El ministro Jorge Pardo Rebolledo mencionó que la invalidez aplica únicamente para asuntos de la competencia del INAI, aunque no preveía alguna otra hipótesis en la que sí fuera válido todavía.

El ministro Alberto Pérez Dayán enfatizó que no se podía declarar la invalidez entre el INAI y el poder Ejecutivo, pues los ciudadanos que tramiten solicitudes de información se les negaría la información con razón de seguridad nacional, hasta que se promoviera un recurso y el INAI hiciera valer la invalidez del acuerdo

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