Suprema Corte acepta a trámite recurso del PAN contra la mayoría calificada de Morena y aliados en el Congreso

Suprema Corte acepta a trámite recurso del PAN contra la mayoría calificada de Morena y aliados en el Congreso

CORTESÍA: LATINUS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio trámite a una denuncia de contradicción de criterios solicitada por Marko Cortés, presidente nacional del Partido Acción Nacional (PAN), entre lo que ha dictado el máximo tribunal y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El acuerdo 231/2024, que fue publicado ayer, indicó que el asunto será estudiado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

El PAN denunció la posible contradicción entre una sentencia que emitió la Suprema Corte en 1998 y lo dictado por el TEPJF en 2018 y un recurso de apelación en 2023.

En 1998, el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien entonces era dirigente del Partido de la Revolución Democrática, interpuso una acción de inconstitucionalidad en contra de la ley electoral de Quintana Roo para evitar la sobrerrepresentación de partidos mediante la asignación de diputaciones plurinominales.

La Corte resolvió en ese entonces que las reglas de asignación de diputaciones plurinominales que otorgan sobrerrepresentación son contrarias al principio de proporcionalidad, por lo que los partidos deben tener representación en el Congreso acordé con la votación que hayan logrado. El asunto fue votado a favor por unanimidad, incluyendo el voto de la hoy senadora de Morena, Olga Sánchez Cordero.

La Constitución faculta al pleno de la Suprema Corte resolver las contradicciones de criterios que se generen con el Tribunal Electoral, y será la SCJN la que determine qué criterio debe prevalecer.

El pleno de la Suprema Corte deberá resolver antes de que el Tribunal Electoral confirme la mayoría calificada que otorgó el Instituto Nacional Electoral a Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde, para que sea obligatorio evitar la sobrerrepresentación legislativa de esos institutos políticos. En caso contrario, la decisión de la SCJN sólo será aplicable para la asignación de diputaciones en futuras elecciones.

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